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2 Requisitos para pensionarse en Colombia

Cumplir con la edad mínima de pensión (57 años las mujeres y 62 años los hombres) y la cantidad de semanas requeridas (1.300 semanas).

Requisitos para pensionarse en Colombia

Los requisitos para pensionarse en Colombia pueden variar según la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP) en la cual te encuentres.

En Colombia existen dos tipos de fondos o AFP, están los fondos privados (Protección, Porvenir, Colfondos y Old Mutual) y Colpensión (el único fondo público, también conocido como régimen de prima media).

Todas estas instituciones financieras buscan administrar el dinero colombiano de las pensiones, realizando inversiones y haciendo que el dinero se incremente con el tiempo (obteniendo ganancias).

1. Edad de pensión en Colombia

Este es uno de los requisitos para pensionarse en Colombia, tanto si te encuentras en Colpensiones como en un fondo privado.

La edad mínima varía según el género, los hombres tienen una edad 5 años mayor que las mujeres para lograr pensionarse.

Esta diferencia se debe a la esperanza de vida, es decir, según la última actualización de la ley se prevé que los hombres tengan vidas más extendidas en comparación con las mujeres.

Desde 1948 cuando inició la seguridad en Colombia, la edad para pensionarse tan solo ha incrementado en dos años (tanto para hombres como para mujeres).

Edad de pensión para las mujeres

La edad mínima de jubilación para las mujeres es de 57 años de edad.

Cinco años menos que los hombres.

Edad de pensión para los hombres

La edad mínima de pensión para los hombres en Colombia es de 62 años de edad.

Cinco años más que para las mujeres.

Tengo la edad pero me faltan semanas

Puedes solicitar la devolución del dinero ahorrado o continuar cotizando hasta completar el mínimo de semanas requeridas para pensionarte.

2. Cuántas semanas se requieren para pensionarse

En Colpensiones necesitarás 1.300 semanas de trabajo cotizadas, es decir, haber estado trabajando y cotizando durante este tiempo.

En las AFP o fondos de pensión privado (Protección, Porvenir, Colfondos y Old Mutual), según tu caso podrías pensionarte con 1.150 semanas (pero debes cumplir con un mínimo de capital).

Cuántos años son 1.300 semanas cotizadas

La cantidad de semanas para pensionarse equivalen a alrededor de 26 años, tiempo que necesitarás haber trabajado antes de lograr obtener una mesada pensional, es decir, un pago mensual recurrente para cuando te retires.

Pensión de vejez ley 100

El Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia fue creado mediante la ley 100 de 1993.

Esta ley establece el marco jurídico para la creación y operación de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones o los comúnmente llamados fondos de pensiones.

Pensión de invalidez

En caso de llegar a tener una discapacidad o invalidez superior al 50%, podrías obtener una pensión basada en el promedio del salario recibido durante los últimos 10 años.

Pensión de sobrevivencia

En caso de que mueras, tus beneficios pensionarios se trasladan a tus beneficiarios, empezando en el siguiente orden:

  • Esposo/a.
  • Hijos menores.
  • Hijos mayores estudiantes o discapacitados.
  • Padres.
  • Hermanos discapacitados que dependían de ti.

El primero favorecido es tu esposo/a y en caso de no tener le entregan el beneficio a tus hijos menores y así sucesivamente (en caso de no tener hijos menores se lo entregan a los hijos mayores).

Cómo funcionan los fondos de pensiones

Los trabajadores aportan un dinero mensual, los fondos de pensiones toman dicho dinero, lo administran y lo hacen incrementar con el tiempo (inversiones que generan rendimientos).

Las AFP o fondos de pensiones cobran un porcentaje de administración por la custodia y manejo de estos recursos económicos, y las personas obtienen un pago mensual recurrente al final de su vida laboral.

Ventajas de cotizar para pensión

A diferencia de otros mecanismos que utilizan los colombianos para solventar su vejez como por ejemplo comprar activos que les generen rendimientos (casas, apartamentos, vehículos comerciales y demás) o crear negocios.

La cotización para pensión tiene varias ventajas, algunas de ellas son:

  • El dinero para cotización de pensión se encuentra exento de tener que pagar impuestos.
  • No debes cotizar para salud como independiente, ya que dentro de la cotización está incluido el tema del pago de salud.

Esperamos que esta publicación acerca de los requisitos para pensionarse en Colombia te haya sido útil.

Recuerda que si tienes inquietudes relacionadas a este tema te invitamos a dejarlas aquí abajo en los comentarios.

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Por Dinero Colombiano

Economía, negocios, finanzas e inversión en Colombia.

5 respuestas a «2 Requisitos para pensionarse en Colombia»

Carlos Arturo Ospino Cuello.dice:

Mi pregunta es esta yo tengo 40 años de trabajo en el poder Judicial, me desempeño como Citador grado 3, en propiedad mis primeros 20 años los cotice en Cajanal, despues cotice 9 años en Proteccion y mis ultimo 11 años aproximadamente lo he cotizado en Colpensiones; me esta validando 23,68 años, q son 1.218,00 semanas hasta el año 2019, mi pregunta es esta que tengo que hacer para recuperar los años cotizados anteriormente en Cajanal y Proteccion, que Colpensiones no me lo valida, yo tengo son 40 años de servicio Inimterrunpidamente en el poder Judicial, ruego que se me de respuesta a la mayor brevedad posible que ahora el dia 8 de noviembre 2020, cumpli 60 años de edad.

Hola Carlos Arturo.

Si algunos años de trabajo no te aparecen dentro de tu historia laboral lo que debe solicitar es una «corrección de historia laboral» para intentar incluir esos años de trabajo durante los cuales cotizaste para pensión pero que actualmente no te están sumando dentro del total de semanas.

Dicho procedimiento lo puedes llevar a cabo con una empresa que se dedique a la asesoría en todo lo relacionado con pensión o con un abogado que haya trabajo el tema de corrección de historias laborales.

Esperamos haberte ayudado a resolver tu inquietud.

Un saludo.

JOSE MODESTO PEREZ BARRETO CC. 3227246. CODIGO MILITAR 7202230. TELEFONO --3123196134. FIJO. 6017336426dice:

PARA COLPENSIONES
HOY TENGO 75 AÑOS DE EDAD.—-INGRESÉ AL EJERCITO COLOMBIANO COMO SUBOFICIAL- TRABAJÉ 8 AÑOS Y TODOS ESOS 9 AÑOS ESTUVO EL PAIS EN ESTADO DE CONMOCIÓN INTERIOR ( EN ESTADO DE SITIO ) POR LEY, POR DECRETOS Y POR SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL, ES UN TIEMPO DOBLE QUE ME PERTENECE EL CUAL ES UNA DEUDA QUE EL ESTADO TIENE FRENTE A MI ( EL ESTADO TIENE ESA
DEUDA CONMIGO). DESDE EL 15 DE FEBRERO DE 1972, HASTA EL 01 DE ABRIL DE 1981. CON EL TIEMPO DOBLE SON 16 AÑOS. MÁS 8 AÑOS QUE TRABAJÉ EN LA EMPRESA PRIVADA, DESDE EL 15 DE FEBRERO DE 1982 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2004. MI PREGUNTA ES : SI PARA EL 2004 YO CONTABA CON TIEMPO SUFICIENTE PARA SER PENSIONADO POR LEY DE TRANSICIÓN, POR QUE COLPENSIONES ME NIEGA LA PENSIÓN POR LEY DE TRANSICIÓN., SI EN EL 2005 YO CUMPLIA CON LOS DOS REQUISITOS, QUE SON MAS DE CUARENTA AÑOS Y TENER COTIZADAS 750 SEMANAS. A MI EDAD YA NO ME CONTRATAN PARA TRABAJAR, NECESITO PROTECCIÓN SOCIAL, Y ALIMENTO, TECHO Y TENER UNA VIDA DIGNA. SOLICITO A COLPENSIONES QUE ME RECONOZCA LA PENSIÓN POR LEY DE TRANSICIÓN DESDE EL AÑO 2005.

JOSE MODESTO PEREZ BARRETO CC. 3227246. CODIGO MILITAR 7202230. TELEFONO --3123196134. FIJO. 6017336426dice:

PARA COLPENSIONES
HOY TENGO 75 AÑOS DE EDAD.—-INGRESÉ AL EJERCITO COLOMBIANO COMO SUBOFICIAL- TRABAJÉ 8 AÑOS Y TODOS ESOS 9 AÑOS ESTUVO EL PAIS EN ESTADO DE CONMOCIÓN INTERIOR ( EN ESTADO DE SITIO ) POR LEY, POR DECRETOS Y POR SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL, ES UN TIEMPO DOBLE QUE ME PERTENECE EL CUAL ES UNA DEUDA QUE EL ESTADO TIENE FRENTE A MI ( EL ESTADO TIENE ESA
DEUDA CONMIGO). DESDE EL 15 DE FEBRERO DE 1972, HASTA EL 01 DE ABRIL DE 1981. CON EL TIEMPO DOBLE SON 16 AÑOS. MÁS 8 AÑOS QUE TRABAJÉ EN LA EMPRESA PRIVADA, DESDE EL 15 DE FEBRERO DE 1982 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2004. MI PREGUNTA ES : SI PARA EL 2004 YO CONTABA CON TIEMPO SUFICIENTE PARA SER PENSIONADO POR LEY DE TRANSICIÓN, POR QUE COLPENSIONES ME NIEGA LA PENSIÓN POR LEY DE TRANSICIÓN., SI EN EL 2005 YO CUMPLIA CON LOS DOS REQUISITOS, QUE SON MAS DE CUARENTA AÑOS Y TENER COTIZADAS 750 SEMANAS. A MI EDAD YA NO ME CONTRATAN PARA TRABAJAR, NECESITO PROTECCIÓN SOCIAL, Y ALIMENTO, TECHO Y TENER UNA VIDA DIGNA. SOLICITO A COLPENSIONES QUE ME RECONOZCA LA PENSIÓN POR LEY DE TRANSICIÓN DESDE EL AÑO 2005.

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